Nuevas inspecciones obligatorias en edificios de viviendas de la Comunidad de Madrid

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Nuevas inspecciones obligatorias en edificios de viviendas de la Comunidad de Madrid

Desde el pasado 8 de Abril ha entrado en vigor el nuevo Decreto 17/2019 donde se recogen nuevas inspecciones periódicas en edificios de viviendas y se amplia la obligatoriedad de la instalación de cables de alta seguridad en la Comunidad de Madrid.

Inspecciones Periódicas:

El vigente Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión(REBT), exige la inspección periódica de las zonas comunes de viviendas de mas de 100kw de potencia instalada y de más de 10 años de antigüedad. Por ello la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid estableció en Agosto del 2012 las actuaciones para realizar estas inspecciones estableciendo el límite equivalente a 100kw a 25 suministros, incluyendo viviendas, locales, servicios comunes, etc.

Desde esas fechas se han inspeccionado mas de 20.000 edificios de viviendas de 25 o mas suministros en la Comunidad de Madrid. Pero con el nuevo decreto en vigor, los edificios de 17 a 24 suministros con mas de 10 años de antigüedad entrarían dentro de estas inspecciones a realizar.

Ahora se consideran zonas comunes los siguientes elementos:

  • Las instalaciones de enlace.
  • Las instalaciones correspondientes a los servicios generales del edificio: alimentación eléctrica de ascensores, aparatos elevadores, centrales de calor y frío, grupos de presión, alumbrados, entre otros.
  • El resto de las posibles instalaciones receptoras comunes asociadas a los edificios de viviendas* (piscina, garaje, alumbrado exterior, entre otros, alimentados desde la misma caja general de protección).

Todas estas inspecciones de las instalaciones eléctricas para edificios de 17 o mas suministros y de antigüedad superior a 10 años, tienen un plazo máximo para realizar la inspección diferente, dependiendo del número de suministros:

  • 24 o más suministros (antes del 1 de Diciembre del 2020).
  • 22 o 23 suministros (antes del 1 de Diciembre del 2021).
  • 20 o 21 suministros (antes del 1 de Diciembre del 2022).
  • 19 o 20 suministros (antes del 1 de Diciembre del 2023).
  • 17  suministros (antes del 1 de Diciembre del 2024).

Cables de alta seguridad:

A partir del 9 de Octubre del 2019 se amplía la obligatoriedad de instalación de cables de alta seguridad AS(clase Cca-s1b,d1,a1) con respecto de lo que dice el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión(REBT) en los siguientes elementos:

  • Interiores de edificios de viviendas.
  • Viviendas.
  • Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios.

Para estos últimos sólo se exigen en el REBT cables AS si tienen más de 50 personas de capacidad de ocupación. Ahora en la Comunidad de Madrid se deben emplear cables AS independientemente de su aforo. Tales locales son: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales (tiendas en general), oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos).

Si quieres ver mas información en detalle sobre el decreto en vigor:

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2019-06-13T13:58:23+02:00